El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (CSST) es el órgano paritario, conformado por representantes del empleador y de los trabajadores, que se encarga de promover, vigilar y fiscalizar el cumplimiento de la Ley 29783 dentro de una empresa. En otras palabras, es el “parlamento preventivo” donde se discuten los riesgos laborales y se validan las medidas antes de que ocurra un accidente. Hay un error sobre este requisito que muchas empresas descubren recién durante una fiscalización de SUNAFIL: cumplir con exámenes médicos y reglamento interno no basta si el comité no está acreditado y funcionando. En Medvida Salud Ocupacional ayudamos a las organizaciones a entender esta exigencia como parte de una gestión de prevención real, no solo documentaria.
🔍 ¿Qué es el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo?
Desde el plano legal, el comité de seguridad y salud en el trabajo es una instancia obligatoria creada por la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y desarrollada por su reglamento, el DS 005-2012-TR. No es un grupo voluntario ni un comité de calidad: su conformación, instalación y funcionamiento son deberes jurídicos del empleador, con registro documentado en actas.
En la práctica empresarial, funciona como una mesa de diálogo donde trabajadores y gerencia tienen la misma cantidad de representantes. De ahí su nombre de órgano paritario: ningún sector puede imponer decisiones en solitario, y los acuerdos se toman por consenso. Esto le da legitimidad técnica a las decisiones sobre seguridad, porque ambas partes participan en la identificación de peligros y la propuesta de controles.
Su misión no es ejecutar las medidas preventivas directamente, sino supervisar que la prevención ocurra de manera continua. Por eso, la ley establece que el comité se reúne de forma ordinaria al menos una vez al mes, y de manera extraordinaria cuando ocurre un accidente grave o los miembros lo consideran necesario. Todo lo conversado queda registrado en el libro de actas, un documento clave que SUNAFIL solicita en cualquier inspección.
📌 ¿Cuándo una empresa debe conformar un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo?
El criterio principal no depende del sector económico, sino del número de trabajadores en planilla. Según el reglamento de la Ley 29783, las empresas con 20 o más trabajadores están obligadas a constituir un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. Si la empresa tiene menos de 20, la norma exige elegir un Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, que cumple funciones de fiscalización interna similares pero de manera individual.
Este umbral es uno de los puntos que más sorprenden a los gerentes, porque muchas organizaciones consideran que la prevención es opcional mientras la planilla es pequeña. En realidad, desde el primer trabajador existen obligaciones de SST; el comité aparece como una exigencia adicional cuando se superan los 20 colaboradores. La obligación nace desde el momento en que se configura la plantilla, no desde que llega una notificación de la autoridad.
En la gestión de RRHH, esto impacta directamente en el cronograma anual. Si tu empresa está creciendo, la conformación del comité de seguridad y salud en el trabajo debe planificarse junto con la contratación de personal. No esperes a que ocurra un accidente o a que SUNAFIL inicie una fiscalización: en una inspección, el primer pedido suele ser el registro de constitución del comité y sus actas de reunión.
«El CSST es, en la práctica, el agente fiscalizador interno que la autoridad deja dentro de la empresa.»
💬 ¿Cómo se realiza la conformación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo?
La conformación comienza definiendo el número de representantes según los trabajadores, con estructura paritaria: mitad empleador, mitad trabajadores. Los representantes son designados o elegidos.
Se formaliza con acta que designa presidente y secretario. La empresa habilita un libro de actas legalizado y garantiza condiciones.

📋 ¿Cuáles son las funciones del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo?
Las funciones incluyen conocer investigaciones de accidentes, participar en el programa anual de SST y vigilar el cumplimiento del reglamento interno.
Analizar monitoreos y resultados de exámenes médicos.
Recibe denuncias y las canaliza; si no se atienden, informa a autoridad.
Es aliado técnico para inversiones en prevención.
| Miembro | Función principal |
|---|---|
| Presidente | Convoca y preside las reuniones del comité. |
| Secretario | Redacta las actas de cada sesión y custodia el libro de actas. |
| Vocales | Inspeccionan áreas de trabajo e investigan incidentes y accidentes. |
| Miembros en general | Fiscalizan internamente, verifican el control de riesgos y hacen seguimiento de recomendaciones por escrito. |
🛡️ Funciones y responsabilidades de los integrantes del Comité de SST
El presidente convoca y preside; el secretario redacta actas; los vocales inspeccionan e investigan incidentes.
Los miembros fiscalizan internamente: verifican control de riesgos y hacen seguimiento de recomendaciones por escrito.
Un comité inactivo agrava multas.
Capacítelos en lectura de indicadores de SST y matriz IPERC y exámenes médicos.
🗓️ ¿Cómo se realizan las elecciones del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo?
Las elecciones son mediante voto secreto y directo.
El empleador convoca con cronograma electoral.
Los representantes de trabajadores duran 2 años, reelegibles.
El empleador renueva o ratifica manteniendo paridad.
Luego acta de instalación correspondiente y actualización del libro.
Guarde el expediente para SUNAFIL.


